COLIMAMEDIOS
Fuente|DiarioDeColima
Los Diputados aprobaron una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que obliga a las instituciones, entre ellas a la Universidad de Colima, a transparentar la información y preservarlos principios de máxima publicidad.
Además, la nueva legislación crea el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima, a la actual comisión, sin embargo, los actuales magistrados continuarán en el cargo.
Esta ley otorga facultades al Instituto para corroborar la existencia de la información cuando exista la sospecha de que ésta se encuentra oculta; además, amplía los mecanismos para que los ciudadanos se inconformen.
Asimismo, obliga a organismos públicos, entre ellos a la Universidad de Colima y a la Procuraduría General de Justicia del Estado, a sujetarse a la ley y cumplir con las disposiciones de transparencia que les correspondan.
De igual forma, se establece que quienes deseen formar parte del Instituto de Información, tendrán que acreditar el servicio civil de carrera, este requisito busca garantizar la independencia de dicho organismo con las instituciones.
El ordenamiento legal que fue aprobado incluye medidas de apremio y sanciones, que podrán imponerse a quienes incumplan las disposiciones establecidas.
La nueva legislación establece en el artículo 13 las obligaciones generales que deberán observar cada uno de los entes obligados en la materia, al igual como se establece en el artículo 10 de la ley vigente.
Asimismo, garantiza una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados, a través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.
La legislación obliga a la Policía de Procuración de Justicia, los lugares y medios de acceso para presentar quejas vinculadas con la actuación de sus elementos, el formato para ellas, así como el plazo para su interposición.
También las convocatorias y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial.
Por su parte, los Ayuntamientos deberán exponer las cantidades recibidas por concepto de multas, vinculándolas con los ámbitos o materias de donde emanan.
También los empréstitos y deudas que contraigan, así como los bienes que enajenen, en cualquier concepto.
Además de lo señalado en el artículo 13, el Poder Ejecutivo del Estado deberá hacer público en internet las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia.
En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, el número en que se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron.